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SAT permite deducir gastos funerarios de familiares directos

Por Erika RAMÍREZ

28 noviembre, 2023 7:52 pm




Existen condiciones que deben tomarse en cuenta

El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer que los gastos funerarios son deducibles de impuestos y aplica cuando el servicio funerario sea para el cónyuge o concubino, padres, abuelos, hijos o nietos del contribuyente.

“Se puede determinar un saldo a favor que se podrá solicitar en devolución, siempre y cuando el monto no exceda de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 37,844.40 pesos para 2023”, explicó el SAT en un comunicado.

Para que la deducción se haga efectiva se debe solicitar la factura de los servicios adquiridos. Los planes funerario contratados a futuro se podrán deducir hasta que sean utilizados.

Además detalló que no están sujetos al pago de impuesto sobre la renta los bienes que se reciben por herencia, sin embargo, si el monto de la herencia es superior a 500 mil pesos es necesario informar al. SAT en la declaración anual para que proceda la exención de impuestos.





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