Puebla

COLUMNA | ASPECTOS TÉCNICOS

Héctor Manuel Pérez Cuéllar

27 mayo, 2019 10:55 am


La delincuencia; abarca maniobras delictivas de naturalezas diversas, cuyas consecuencias sobre la ciudadanía varían profundamente: entre el asalto de un banco con una posible toma de rehenes causando la conmoción de toda la población y el robo de una fruta en el mercado, el denominador común es únicamente la transgresión de la ley penal.

Por eso; es conveniente subrayar que existen no una lucha contra la delincuencia, sino diferentes luchas contra la delincuencia que constituyen la labor de la Policía de Investigación Criminal.

La Delincuencia Profesional; o mejor llamada Delincuencia Organizada, se analiza como una criminalidad cuyo propósito es apoderarse de los bienes ajenos utilizando generalmente la fuerza y la violencia contra las personas (asaltos, asesinatos, secuestros con exigencia de rescate, asociación delictuosa etc.), en el otro extremo se encuentra con la misma agresividad el Narcotráfico (tráfico, venta y Narcomenudeo). Constituye; un fenómeno de primera importancia, pues cualquiera que sea su amplitud, es una de las causas principales de la Inseguridad que prevalece en la Sociedad, agravada por otras formas de violencia no relacionadas con él.

Como luchar; contra esta forma de delincuencia, es una cuestión crucial y siempre actual. En casi todos los países, un Código Penal y un Código de Procedimientos Penales organiza, la persecución, estipulan el proceso para detener, juzgar y encarcelar a un delincuente, pero ninguno de estos dos códigos prevé las modalidades de esta lucha, y, si se hiciera, éstas se volverían pronto obsoletas, tan cambiante es esta criminalidad y revestida por las características de nuestras sociedades modernas que privilegian movilidad, comunicaciones, individualismo e indiferencia.

Les corresponde a las autoridades, al Fiscal General del Estado y la Policía de Investigación Criminal, determinar los principios y las modalidades de la lucha contra la Delincuencia Organizada.

La Política; de lucha contra la Delincuencia Organizada, necesita una constante adaptación a una delincuencia que se mofa de las competencias territoriales y de los trámites administrativos y cuya única preocupación es el lucro.

Para enfrentar; esta delincuencia de tipo profesional e itinerante, se necesita de verdaderos profesionales, altamente especializados, capacitados, preparados y adiestrados en forma permanente, y no, mediante cursos momentáneos y dejados al abandono de un proceso de conocimientos que con el tiempo se vuelven arcaicos.

La no tan reciente; creación del grupo especial de la Fiscalía General en la materia, debe de responder en cualquier momento a las manifestaciones del Crimen Organizado, por lo que debe de estar provista de herramientas adecuadas, cuya única función es la vigilancia permanente de la Delincuencia Organizada, con el fin de proceder a la detención de los hampones en flagrancia, en condiciones tales que las evidencias de su culpabilidad puedan estar reunidas de entrada para fincarles un proceso limpio y certero de una condena acorde a lo establecido por nuestras Leyes, en este nuevo Sistema Penal Acusatorio Adversarial.

La Policía como Primer Respondiente; y, en primer lugar, los servicios especializados de la Policía de Investigación Criminal, deben adaptar continuamente su política, es decir, sus medios y sus métodos de acción a estas formas siempre nuevas de la delincuencia. Pero; cualesquiera que sean los aspectos nuevos de esta Delincuencia Organizada, la acción de la Policía reposa sobre los principios inmutables de la investigación y aprovechamiento de informaciones, la constitución de una documentación eficaz, y la puesta en práctica de técnicas de investigación adaptadas.

¿En nuestro Estado a quién corresponde la recolección y aprovechamiento de informaciones dentro de la lucha contra las Drogas en sus diferentes modalidades?

A priori;  todo lo que es dato de base puede constituirse una información explotable, todo Policía es competente para la recopilación de alguna fuente de información y todo procedimiento legal puede ser eficaz para su obtención.

Esto; quiere decir que el objetivo Policial, en este campo no es el de preparar una lista exhaustiva de fuentes de información ni de métodos de recolección de estas informaciones.

Se trata solamente; de intentar una definición, de la doctrina que debe guiar la acción de los Grupos Especiales de lucha contra el Crimen Organizado.

Reunir información; significa, recibir los datos brutos a los cuales trataran de encontrar utilidad para acciones futuras de la Policía de Investigación Criminal, aunque por ello debe entenderse sobre todo, investigar la información.

Resultaría ilusorio; pensar que la información aporta la solución milagrosa a todos los problemas, es más grave aún dar por cierta la información que ha sido aportada sobre bandeja por un informador. Esta última actitud es peligrosa y engañosa, ya que es una actitud pasiva.Por último; la información debe corresponder, a los datos conocidos del ilícito debiendo en todo momento ejercer un espíritu crítico, que implica que no se debe dejar a los jóvenes recién ingresados a la corporación manipular información, solo a los agentes informadores de mayor tiempo.

Las otras reglas de prudencia; son observadas en la consideración a los informadores. Antes que nada; hay que recordar que el informador es casi siempre un hampón, que luego e invariablemente siempre puede hacer un doble juego; o en su caso, alguien con un interés en específico que brinda la información con un fin.

Tomando en consideración estas reglas; más otras adicionales de prudencia, es evidente que la utilización de informadores constituye una aportación invaluable dentro del terreno del combate contra la Delincuencia Organizada.





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